Nueva Orden Sobre Condicionalidad / Labores de Volteo
El pasado día 19 de junio se publicó la nueva Orden de Condicionalidad. En el archivo adjunto se muestran y se especifican cuales son las nuevas buenas condiciones agrarias y medioambientales de la tierra que hay que cumplir, así sobre cuáles son los nuevos requisitos legales de gestión.
Como principal novedad cabe destacar que en las parcelas de secano que se siembren con cultivos herbáceos de invierno, no se podrá voltear hasta el 1 de septiembre. No obstante en parcelas con pendientes inferiores al 15%, se puede adelantar esta fecha al 15 de mayo por razones agronómicas.
Toda la información en el archivo adjunto.