Matriculación de maquinaria agrícola durante 2013
Los datos recogidos en el presente informe corresponden a las inscripciones habidas en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola (ROMA) de todas las provincias de España, durante el año 2013.
Los citados Registros están regulados mediante el Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, modificado por el Real Decreto 346/2009 de 10 de febrero. Con esta isposición, se han añadido otras máquinas de inscripción obligatoria en el ROMA, como los equipos de tratamientos y los de distribución de fertilizantes.
En la actualidad, las máquinas cuya inscripción es obligatoria son las utilizadas en la actividad agraria y que pertenezcan a uno de los siguientes grupos:
a) Tractores agrícolas y forestales de cualquier tipo y categoría.
b) Máquinas automotrices de cualquier tipo y categoría
c) Motocultores y motomáquinas
d) Máquinas arrastradas de más de 750 kg de masa.
e) Remolques agrícolas.
f) Cisternas para el transporte y distribución de líquidos.
g) Equipos de tratamientos fitosanitarios arrastrados o suspendidos, de
cualquier capacidad o peso.
h) Equipos de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos, de
cualquier capacidad o peso.
i) Las máquinas no incluidas en algunos de los apartados anteriores, para
cuya adquisición se haya concedido un crédito o una subvención oficial.
j) Aquellas máquinas no contempladas anteriormente y que determinen las
comunidades autónomas.
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