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Reunión técnica informativa ayudas excepcionales autónoma a determinados sectores

Fecha: 13 noviembre 2025

Hora: 9.00 horas- 10,00 horas

Asisten: Por la Consejería, Manuel León- subdirector y Francisco Víquez- técnico responsable gestión ayudas. Por la otra parte: EEHH, OPAS, Cooperativas, OCAs y DDTT

 

Objetivo: ayudas indemnizatorias a determinados sectores

 

Publicar las BBRR el lunes próximo, martes se abriría la ventanilla. Pendiente de firma del Consejero hoy.

 

Comparte la orden que va a ir a BOIA. La gestión es similar a la de la medida 23 y autónoma. Hace un repaso del texto de la orden:

 

Importe máximo: 19.500.000 € fondos propios de la JA

Viñedo: 5,6 M€

Olivar: 3,635 M€

Lengua azul: 10,275M€

Va a ver una cuarta línea de ayuda para pimientos (parvispirus- 3 M€) no esta incluida en esta. Va en una convocatoria diferente porque no sigue el mismo procedimiento.

 

Presupuesto anualidad 2026- los pagos se realizan en 2026. El Consejero informó que iban a pretender atender estas explotaciones en enero – febrero, para ello tendrían que resolver antes de finales de año para pagar a primeros de años. Los sobrantes de créditos se pueden llevar a otra línea. Llegado el caso, si hubiera incremento de presupuesto -se aplicaría (aunque no hay previsto de momento ningún incremento). Además, para cada sector, si no hay importe suficiente para atender todas las solicitudes se hará un prorrateo.

 

Procedimiento de concesión directa- aunque saquen un listado de posibles Beneficiarios, todos tienen que presentar una solicitud de ayuda.

Procedimiento 25899 (Catálogo de Procedimiento y Servicios)

 

Requisitos:

Viñedos afectados por mildiu:

Se conceden a todos los titulares de una explotación de viñedo. Accederán los titulares que estén inscritas en REAFA a 1 de octubre de 2025. Superficie inscrita a 1 de octubre en el RV (en el caso de las explotaciones que no son de vinificación, tomarán la superficie de la SU PAC 2025. Importe 325 €/ha.

 

Tope de 10.000 € a partir de la cual se aplica modulación (a lo que sobrepase de 10.000 €, aplicarán un coeficiente reductor del  0.33%)

 

Olivar (Algodoncillo): algunos municipios de Jaén con alta afectación de algodoncillo.

Titular explotación REAFA a 1 octubre 2025.

Superficie admisible: superficie solicitada y validada en PAC 2025, ubicado en  algunos de los polígonos de municipios recogidos en la orden : Beas del seguro, Iznatoraf, Sorihuela del Guadalimar, Villacarrillo y Villanueva del arzobispo

Importe: 325 €/Ha admisible

Modulación a partir de 10.000 €

 

Lengua Azul (ovino, caprino)

Titulares explotación inscrita en REGA y hayan comunicado sospecha de enfermedad entre la fecha 1 marzo 2025 y el 30 de septiembre de 2025 (ambos inclusive).  En fase de alegación,  aquellos titulares que hayan comunicado la enfermedad en dicha fecha y no lo tengan contemplado la DT/OCA se puede presentar en fase alegación.

Se concederán  a las hembras reproductoras de ovino caprino mayores de 12 meses correctamente identificadas- censo medio de esa unidad productiva entre el 1 marzo 2025-30 septiembre 2025 (ambos inclusive)

Importe básico: 8 €/animal admisible

  • Incremento de 8 € adicionales, si en la unidad productiva considerada para la subvencionabilidad, al menos hay registradas un 5% de muertes de animales admisibles. Por normativa SIGGAN hay un plazo de 3 meses para comunicar la muerte de animales. En el plazo de alegaciones y en SIGGAN tendrán que inscribir la muerte de animales si no lo han hecho y están aún en plazo.

Ej: muertes comunicadas en periodo/censo medio

  • Incremento de 8 € adicionales, si en la explotación se ha llevado a cabo  campaña de vacunacion del serotipo 1 y 4 de LA en los 12 meses anteriores a la comunicación de sospecha de la enfermedad.
  • Incremento de 8 € adicionales, si en la explotación se ha llevado a cabo  campaña de vacunación del serotipo 3 u 8 de LA en los 12 meses anteriores a la comunicación de sospecha de la enfermedad.

 

Todo lo que sobrepase 10.000 €, coeficiente reductor del 0,33%

Disposiciones comunes (para las tres líneas):

  • No van a cruzar con SS ni Hacienda.
  • Ayudas de minimis: importe en los 3 ejercicios recientes, máximo 50.000 € (antes el límite de minimis era 25.000 €). Las ayudas de la medida 23 no son minimis.
  • Límite mínimo de 200 €
  • Beneficiario tiene que tener una cuenta de alta en  GIRO  a fecha 31 diciembre de 2025 (y la administración le pagarán en la primera cita de alta en GIRO)

Procedimiento:

El mismo día de publicación de la orden en BOIA, publicarán un listado con los posibles beneficiarios de las ayudas. OJO!!! ESTOS TITULARES DEBEN PRESENTAR SU SOLICITUD DE AYUDA CON LOS DATOS QUE SE PUBLIQUEN O EN CASO DE DISCONFORMIDAD DE ALGUN DARTO (PUEDE MODIFICARLO)

En VEA se van a precargar los datos que vienen en el listado, de manera que cuando se Introduzca el NIF del titular se precargarán los datos.

Todas las solicitudes de ayudas que no tenga cambio con la información publicado en listados potenciales beneficiarias van directamente a RESOLUCIÓN DEFINITIVA- enero- febrero 2026 pagarán.

Las solicitudes de ayudas presentadas con algún cambio en lo relativo a los datos publicados,

Plazo: 10 días para la presentación solicitudes, no tiene previsto ampliación de plazo porque tienen hasta el 10 diciembre tienen de plazo para los documentos contables. Anexo II a través de EEHH.

Muestra la información del punto 6 del formulario del Anexo II de la solicitud de ayuda (ojo en el formulario hay una errata, donde aparece Especie en la línea de Ovino-Caprino, en el formulario de VEA aparecerá >5%.

Ya han tramitado a las EEHH la comunicación de oficio de la ampliación de la habilitación para dichas ayudas, y les han enviado la Resolución de dicha ampliación.

Van a tener un CAU- el mismo que para las líneas anteriores, pagina con toda la información, enlace directo a la Solicitud de ayuda