Vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2014-2015
Orden de 10 de junio de 2014, por la que se modifica la Orden de 3 de junio de 2011, por la que
se fijan las Con carácter general se opta por mantener los períodos hábiles ya establecidos en la Orden de 3 de
junio de 2011, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, dado que no concurren circunstancias excepcionales que justifiquen la necesidad de realizar
cambios sustanciales en la misma, a pesar de ello y una vez oído el Comité de Caza del Consejo Andaluz de
Biodiversidad, se ha estimado necesario realizar los cambios que a continuación se cita...mas información en exclusivo socios-medio ambiente
se fijan las Con carácter general se opta por mantener los períodos hábiles ya establecidos en la Orden de 3 de
junio de 2011, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, dado que no concurren circunstancias excepcionales que justifiquen la necesidad de realizar
cambios sustanciales en la misma, a pesar de ello y una vez oído el Comité de Caza del Consejo Andaluz de
Biodiversidad, se ha estimado necesario realizar los cambios que a continuación se cita...mas información en exclusivo socios-medio ambiente