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Publicados los Importes unitarios provisionales de las Ayudas asociadas a Superficie. Campaña 2026

La Sección 1ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, del 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, establece una serie de intervenciones en forma de pagos directos asociados a los agricultores.


El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones a través de su sostenibilidad y competitividad, reduciendo así el riesgo de abandono de una actividad productiva que también juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.


El pago anual de estas ayudas se podrá realizar en dos periodos; un anticipo y un pago del saldo.


Como novedad en esta campaña 2026 derivada de la crisis de Oriente Próximo que ha supuesto un aumento de los precios de los fertilizantes, la Unión Europea ha establecido a través del Reglamento (UE) 2026/1768 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de julio de 2026, las siguientes flexibilidades con respecto al pago del anticipo. La primera es que el anticipo se pueda realizar antes del 16 de octubre de este año, abarcando como siempre hasta el 30 de noviembre. La segunda novedad es que el anticipo puede alcanzar hasta el 75% del pago total, en lugar del 70% que se establece en condiciones normales.


El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) establece los importes unitarios provisionales con los que se realiza el pago del anticipo, en base a la superficie por la que se ha solicitado cada una de las intervenciones, dato obtenido de la información facilitada por las comunidades autónomas, garantizando el respeto de las asignaciones financieras indicativas establecidas en el anexo XIX del Real Decreto 1048/2022, del 27 de diciembre.