Abierto el plazo de solicitud para Ayudas Modernización (sólo maquinaria)
Se ha abierto la convocatoria de las Ayudas de Modernización (sólo para maquinaria agrícola) para el apoyo a inversiones en explotaciones agrarias (operación 4.1.1) y en explotaciones agrarias de olivar (operación 4.1.2).
La presente convocatoria cuenta con una partida presupuestaria de 100 millones de euros, 50 m. para la convocatoria general de apoyo a inversiones en explotaciones agrarias (operación 4.1.1) y 50 m. para explotaciones específicas de olivar (operación 4.1.2).
Como novedades respecto a las convocatorias anteriores, es que en esta sólo se contemplan inversiones en maquinarias dirigidas a modernizar y/o mejorar el rendimiento económico de las explotaciones agrarias ubicadas en Andalucía, o que contribuyan al uso más eficiente de la energía, para las que exista un coste de referencia en el Anexo V de la orden de convocatoria. No considerándose inversión subvencionable, a modo de ejemplo, la construcción de naves, cerramientos,… .
Así mismo como novedad y ante la obligatoriedad de Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de tener justificado el gasto a más tardar en diciembre del 2025, la inversión tiene que realizarla el agricultor en el periodo de 5 meses tras la resolución estimatoria de la ayuda.
Las inversiones máximas auxiliable por explotación será de:
- 150.000 € para la convocatoria general (operación 4.1.1), aumentándose hasta 350.000€ para inversiones dirigidas a explotación de vacuno de leche o en el caso de inversiones colectivas promovidas por agrupaciones de agricultores en el sector del ovino de carne.
- 120.000 € para la convocatoria específica de olivar (operación 4.1.2)
El porcentaje máximo subvencionable con carácter general será del 50% de la inversión subvencionable, porcentaje que podrá incrementarse en un 20% adicional, en explotaciones ubicadas en zonas de montaña, zonas distintas de las de montaña con limitaciones naturales significativas u otras zonas con limitaciones específicas, y otro 20% adicional en caso de jóvenes agricultores, sin que en ningún caso se supere el 90%.
La cuantía mínima de inversión se establece en 6.000 euros.
Se realizará el cálculo de viabilidad técnica económica, para ver cada explotación concreta la inversión que puede soportar.
Ahora junto con la solicitud se exige la presentación de toda la documentación acreditativa de los criterios de valoración.
El plazo de presentación de solicitudes: desde el 25 de julio, hasta el 4 de octubre del 2024.
El procedimiento de concesión, al igual que en anteriores convocatorias, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, conforme a unos criterios de valoración que se establecen en cada una de las líneas.
Los criterios de valoración deberán de cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentar la solicitud de ayuda y serán los siguientes:
1.-Ser titular de una explotación inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias Prioritarias (No acumulable con la puntuación por ser agricultor profesional). (15 puntos)
2.- Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los planes de los 5 años posteriores al pago de la ayuda. (10 puntos)
3.- Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6 del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores, o inversiones destinadas al traslado de una explotación ganadera fuera del casco urbano, o aquellas acometidas por una explotación ganadera que se haya trasladado fuera del casco urbano en los últimos dos años. (10 puntos)
4.- Que la persona solicitante no haya obtenido ayudas para la modernización de explotaciones en los dos años anteriores a la solicitud en aplicación de las medidas 121.1 o 121.2 del PDR 2007-2013 o en convocatorias anteriores de la misma actuación incluidas en la operación 4.1.1 del PDR 2014-2020. (10puntos)
5.- Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida (10 puntos)
6.- El plan de mejora incluye alguna de las siguientes inversiones relacionadas con la Bioeconomía: gestión de los restos vegetales o de poda generados en la explotación, incluido su compostaje; utilización de bioplásticos en las estructuras invernadas. (5 puntos)
7.- El plan de mejora permitirá la creación de al menos una UTA adicional a las que la explotación genera antes de su aplicación, mediante el cambio de orientación productiva de la explotación o un incremento de la dimensión de la misma. (5 puntos)
8.- La persona titular de la explotación está asociada a una cooperativa, organización de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias (Ley 13/2013, de 2 de agosto) (5 puntos)
9.- La persona titular de la explotación está asociada a una cooperativa, organización de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se regulen (5 puntos)
10.- Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellos destinados al autoconsumo de la misma. (5 puntos)
11.- Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones destinadas al ahorro neto del agua (MN). (5 puntos)
12.- Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (NNTT). (5 puntos)
13.- La persona titular de la explotación está asociada a una cooperativa que pertenezcan a otra de segundo grado o ulterior. (4 puntos)
14.- El plan de mejora incluye acciones innovadoras. (*)Se considerará que el plan empresarial incluye acciones innovadoras cuando que éste haya sido incluido en alguna de las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial, (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive de una compra pública innovadora. (3 puntos)
15.- Estar empadronado en un municipio de la comarca donde radica la explotación. (3 puntos)
16.- Explotación de ganadería extensiva o se destina a la producción de flor cortada. (3 puntos)
17.- La persona solicitante (física o jurídica) está inscrita en el Registro Nacional de Productores de Semillas y Plantas de Viveros. (3 puntos)
18.- La persona titular de la explotación está asociada a una Asociación de Defensa Sanitaria o a una Agrupación de Producción Integrada. (3 puntos)**
19.- La persona titular de la explotación está asociada a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria de Transformación que comercializa la producción de la explotación. (3 puntos)
20.- Que la explotación esté inscrita o pase a inscribirse en SIPEA (Sistema de Información de la Producción Ecológica de Andalucía) (3 puntos)
21.- Ser agricultor profesional. (3 puntos)
22.- Ser mayor de 18 años y menor de 41 años. (3 puntos)
23.- Ser mujer. (3 puntos)
24.- La persona solicitante ha recibido asesoramiento en el sentido del artículo 15.4 del Reglamento (UE) nº1305/2013, de 17 de diciembre (2 puntos)
Se fija que la puntuación mínima para percibir la ayuda será de 18 puntos.
El plazo máximo para resolver será de 6 meses a partir del día siguiente de la presentación de solicitud y el presupuesto se dará a conocer con la convocatoria. Y el plazo para realizar la inversión como hemos dicho con anterioridad, y una vez publicada la resolución estimatoria, es de 5 meses.
Se adjunta inversiones subvencionables (Anexo V) con sus precios de referencia. El gasto máximo por inversión subvencionable en función de cada inversión vendrá determinado por estos costes de referencia que se relacionan en el Anexo V.
Costes de referencias de las inversiones permitidas en la convocatoria 2024
Ponte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA HUELVA para tramitar tu solicitud de ayuda o consultar cualquier duda al respecto.