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Flexibilizaciones de los programas operativos por la sequía

Para paliar los efectos que la sequía está ocasionando en el sector de frutas y hortalizas se ha previsto la posibilidad de introducir una serie de flexibilidades en la normativa que regula los programas operativos, por lo que en el ámbito de los reglamentos comunitarios se prevé solicitar a la Comisión las siguientes flexibilidades:

FLEXIBILIZACIONES QUE AFECTAN A LOS PROGRAMAS OPERATIVOS QUE SE REGULAN CON LA LEGISLACIÓN ANTERIOR Y POSTERIOR A LA REFORMA: 

1. En el caso de que el valor de la producción comercializada (VPC) experimente una reducción de al menos el 35% por motivos ajenos a la responsabilidad de la organización de productores, debido a causas naturales y haya demostrado que ha adoptado las medidas preventivas necesarias; que para el VPC del periodo de referencia que incluya al año 2023, pueda considerarse como el 100% del VPC de la media de los últimos 5 años, descartando de estos la campaña con menor producción y la de mayor producción, para evitar contabilizar el año anterior que se vio afectado por el episodio de heladas tardías excepcional provocado por la borrasca Ciril (Párrafo 2 del artículo 23.4 del Reglamento Delegado (UE) nº 2017/891 y artículo 32.3 del Reglamento (UE) 2022/126). 

2. La eliminación temporal en 2023 del límite de que las medidas de gestión de crisis no puedan superar un tercio de los gastos del programa operativo. (Artículo 33.3 del Reglamento (UE) 1308/2013). También la limitación del artículo 50.7.d) del Reglamento (UE) 2022/126 de que las retiradas, la cosecha en verde y la renuncia a efectuar cosecha sea un tercio del gasto total del programa operativo. 

FLEXIBILIZACIONES QUE AFECTAN UNICAMENTE A LOS PROGRAMAS OPERATIVOS QUE SE REGULAN CON LA LEGISLACIÓN ANTERIOR A LA REFORMA: 

3. excepcionalmente en 2023, ante las posibles dificultades que pudieran surgir en la ejecución de los programas operativos, se suspenda el porcentaje mínimo de ejecución de los programas operativos, incluso que se permita a las organizaciones de productores a suspender total o parcialmente sus programas operativos correspondientes a 2023. (Artículo 34 del Reglamento Delegado (UE) nº 2017/891).

4. Las organizaciones de productores, a través de sus programas operativos adquieren compromisos que deben mantenerse durante varios años, para los programas operativos que se gestionan con la legislación previa a la reforma de la PAC, se solicita eximir de la recuperación de la ayuda financiera de la Unión para compromisos plurianuales, tales como las acciones medioambientales, cuyos objetivos a largo plazo y beneficios previstos no puedan lograrse en 2023 como consecuencia de la interrupción de dichos compromisos en 2023. (Artículo 36, apartado 3 del Reglamento Delegado (UE) nº 2017/891).

5. Los programas operativos que se regulan por la legislación antigua, deben cumplir un porcentaje mínimo de al menos el 10% de gastos medioambientales. Este porcentaje debe calcularse globalmente, considerando todo el programa operativo. En caso de que en el último año no se alcanzara ese porcentaje mínimo, deberá reducirse el importe de la ayuda proporcionalmente hasta que se alcance ese porcentaje. Ante las dificultades que pudieran tener las organizaciones de productores, se solicita que se flexibilice para 2023 esta obligación eximiendo excepcionalmente su cumplimiento. (Artículo 61, apartado 6 del Reglamento Delegado (UE) nº 2017/891).

Adicionalmente, se prevé la posibilidad de modificar la normativa nacional (reales decretos) en los siguientes aspectos:

  • En caso de financiación ajena de las inversiones de los programas operativos, en la anualidad 2023 que puedan modificarse mediante modificación de año en curso los tramos de financiación al alza. Asimismo y que pueda reducirse el número de años de financiación de una inversión o incluso dejar de diferirla.
  • Flexibilizar la limitación de realizar una modificación cada dos meses, aumentando el número de modificaciones hasta seis hasta el 25 de noviembre, exceptuando de este límite las que se refieren a las medidas de gestión de crisis.

Se prevé solicitar estas flexibilizaciones de manera urgente a la Comisión