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Vuelven a estar permitidas las quemas de residuos de poda en pequeñas explotaciones

La nueva ley entra en vigor el próximo 2 de enero para fincas de menos de 50 trabajadores y supone un alivio para la práctica totalidad de las explotaciones agrarias españolas

Las quemas de residuos de poda en pequeñas explotaciones agrarias volverán a estar permitidas a partir del próximo 2 de enero, según la ley que regula el sistema de gestión de la Política Agrícola Común (PAC) y otras materias conexas que aparece publicada el 24/12/2022 en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La ley, que modifica el artículo de la normativa de residuos aprobada el pasado abril, que prohibía con carácter general esas quemas, señala que a partir de esa fecha la regulación hasta ahora vigente no será de aplicación en pequeñas fincas con menos de cincuenta trabajadores.

La prohibición general había causado un enorme malestar entre los agricultores, ya que para proceder a la eliminación de restos de poda tenían que requerir la utilización de servicios o a la compra de maquinaria de elevado coste para proceder a su destrucción.
Además, desde las organizaciones agrarias habíamos alertado de que ese sistema de eliminación de los residuos no resultaba eficaz para combatir la propagación de plagas.

Desde Asaja-Huelva valoramos de forma positiva la aprobación de las distintas enmiendas presentadas para la derogación de la prohibición general de quemas agrícolas, “ya que las nuevas condiciones aprobadas dentro de la Ley de Gestión de la PAC abren la puerta a prácticamente la totalidad de las explotaciones agrarias españolas”.

Sólo serán las medianas y grandes, de más de 50 empleados o con un volumen de negocio superior a 10 millones, las que podrán hacer quemas cuando cuenten con la autorización de la comunidad autónoma, por razones fitosanitarias no posibles de abordar con otro tratamiento –motivando la inexistencia de otra forma de evitar plagas- o para prevenir incendios.