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Acerca de los plazos para presentar la declaración responsable o declaración de renuncia el plazo comienza el día 10 junio hasta el 23 de junio

Información acerca de la Tramitación, Gestion y Control Ayudas, R.D.428/2022.

Compensación las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores agrarios.
Tramitación, gestión y control de las ayudas establecidas en el Real Decreto 428/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional de adaptación para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores agrarios.  Desde la Consejeria de Agricultura traslada que estas ayudas se coordinarán desde DGADM y DGPAG. El 8 junio se publicó en BOE el RD 428/2022, y ayer 9 junio entra en vigor.
El resumen de los beneficiarios de estas ayudas. En total 193 M€ para 6 sectores. En Conferencia Sectorial se hizo reparto presupuestario entre los sectores, así como el reparto a cada Comunidad Autónoma. - Vacuno de carne: vaca nodriza y ternero - Ovino y caprino carne - Avicultura carne - Cunicultura  - Cítricos  Los beneficiarios están regulados en el artículo 3 del RD 428/2022.  Los grupos agricultores que pueden tener algún problema en la tramitación de estas ayudas, lo que no están en PAC: Cítricos- agricultores con SU (presentado SU 2022 o inscritos en REGEPA a 31 mayo 2022, que hayan percibido el pago verde en PAC 2021 y si no has recibido este pago, que hayas cobrado la ayuda ZMZL o Ecológica- para el cumplimiento de la media de producción respetuosa con el medio ambiente.  Para los sectores que no están en SU o beneficiarios que no presenten SU 2022- podrán hacer una declaración responsable (a través de SGA un módulo nuevo que han habilitado en la tarde de ayer) que cumplen la  Los citricultores que no hacen SU 2022, declaración responsable (anexo II) e inscritos en REAFA. Los jóvenes ganaderos nuevos que no han presentado SU 2021, presentar la declaración responsable. Y tienen que tener todos los controles administrativos y de campo antes del 30 de septiembre para poder pagarle antes del 30 septiembre. Superficie subvencionable para Cítricos- 30 has (recogidas en REGEPA a 31 mayo de 2022). Declaración Responsable de Renuncia (anexo I) Se entiende por presentado SU 2022. En caso de Renuncia han de presentar el Anexo I. (en el plazo antes del 23 de junio) Anexo II Todo el que haya presentado PAC 2022 y cobrado el pago verde 2021, no tienen que presentar el Anexo II. Nos van a enviar desde la Subdirección el listado de los que tienen que presentar el Anexo II Aurora Espejo, jefa de departamento de ganadería, muestra el nuevo módulo de SGA – Gpi para presentar el Anexo I ó Anexo II. SGA-Gpi:  Campaña 2022- en gestiones administrativas- Ayudas Excepcional por conflicto bélico -Alta de declaración responsable- Al incluir el CIF/NIF de un solicitante, si ha presentado SU 2022 se cumplimenta los datos de la  SU 2022, seleccionamos archivo y se sube el PDF y firmar. Las autorizaciones de los beneficiarios la custodian la EERR que haya  Posteriormente desde Gestión y Consulta de expediente, se podrá consultar en expte electrónico este documento En caso de un NIF que no haya hecho PAC 2022, tendríamos que cumplimentar nosotros los datos (nombre/razón social, apellidos…). Desde el Sv de Producción Agrícola-  Nos hacen una presentación, del universo de expediente que tiene que presentar declaración, así como alta en GIRO. Citricultores:  Requisito: estar inscritos en REGEPA/REAFA en Andalucía, a 31 de mayo 2022, con superficie igual o superior a 0.5Has y realizar actividades sostenibles. En REGEPA /REAFA están inscritos de oficio todos los que han presentado PAC 2021, formen parte de una OPFH y realicen PI o agricultura ecológica.  Tienen prevista hacer una publicación del listado de citricultores superficie mayor o igual a 0,5 Has y que cumplen estos requisitos, para ver quiénes tienen que presentar Declaración responsable y alta cuenta en GIRO. La opción para presentar la documentación establecida en RD 428/2022 recomiendan que sea a través de SGA-Gpa, pero también hay otras opciones (aunque no recomendable). Para personas físicas posibilidad de papel en la OCA y lo redirigen a al DGPAG, ó firma electrónica a través de la presentación electrónica general; y para personas jurídicas- firma electrónica a través de Presentación electrónica general) En presentación general electrónica, hay un Anexo II autor rellenable que nos van a facilitar.  El ministerio ha trasladado que para el sector avícola y cunicultura hay que presentar Anexo II (declaración responsable) Desde el Sv del Económico Financiero informan cómo proceder al alta de las cuentas en GIRO, de aquellos que no hacen PAC y no tienen cuentas. No obstante, van a abrir un periodo para el alta masiva de cuentas en GIRO, el mismo procedimiento que venimos haciendo con la DGADM, abriendo también esta posibilidad que a través de las OCAs