Medidas preventivas para hacer frente al COVID-19 en las explotaciones agrarias, forestales y agroforestales
Tras la publicación de la orden de 1 de septiembre de 2020 de la Consejería de Salud por la que se adoptan medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19) en las explotaciones agrarias, forestales y agroforestales con contratación de personas trabajadoras temporales, es obligatorio a partir del 10 de septiembre de 2020, tener elaborado un Plan de contingencia específico de su explotación frente a COVID-19, de acuerdo con la Guía para la Prevención y Control del COVID-19 en las explotaciones agrarias que tengan al menos un trabajador.
Se adjunta las medidas que deben contener los planes de contingencia que se deben adaptar a las características de la explotación y, publicación oficial en BOJA.