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Regulación del uso sostenible de Productos Fitosanitarios

RD 1311/2012
Según el RD 1311/2012, que regula el uso sostenible de Productos Fitosanitarios, se recuerda que a partir del 26 de noviembre de 2015, sólo se dispensará productos fitosanitarios a personas que acrediten la posesión del carné de manipulador de productos fitosanitarios. 
En el caso de que la entrega se realice a nombre de una persona jurídica o del titular de una explotación, quien reciba el producto deberá, se deberá acreditar  la posesión del carné de manipulador de productos fitosanitarios y  la  autorización o poder de dicha persona jurídica o titular de explotación para actuar y efectuar la recepción en su nombre.
Mas información: CAPÍTULO V de Venta de productos fitosanitarios e información y sensibilización.  Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Consultar RD en el archivo adjunto.